icono Proyectos Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL-POA)

Proyectos Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL-POA)

Proyectos Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDLMDL Mecanismo de Desarrollo Limpio-POAPoAs Aprobación Nacional para Programas de Actividades)

Las iniciativas de mitigación del tipo El Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL) y MDL-PoA se derivan del protocolo de Kioto, el cual crea un instrumento base en el mercado para reducir emisiones o aumentar las remociones de GEIGEI Gases de Efecto Invernadero, por lo que se conocen como iniciativas del mercado regulado. Tanto MDL como MDL-PoA buscan reducir aquellas emisiones de Gases Efecto Invernadero que se habrían generado en ausencia de la iniciativa de mitigación.

El Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL o CDMCDM Clean Development Mecanism por sus siglas en inglés -Clean Development Mecanism-), plantea generación de Reducciones Certificadas de las Emisiones (Certified Emission ReductionsCERsCER Certified Emission Reductions por sus siglas en Inglés), a partir de las iniciativas MDL y MDL-PoA, dichos CERs pueden ser transados entre países del Anexo I y países No Anexo I. Mientras las iniciativas de mitigación del tipo MDL son proyectos, con uno o varios sitios de ejecución, las iniciativas de mitigación del tipo PoA son Programas de actividades que pueden incluir uno o más proyectos. Las iniciativas surten un proceso general que consta de:

  1. Diseño
  2. Validación
  3. Registro
  4. Implementación
  5. Monitoreo y Reporte
  6. Verificación

Ejemplos de proyectos MDL y MDL-PoA incluyen, más no se limitan a, la eficiencia energética, la generación energética con fuentes no convencionales, la mejora de los procesos industriales, manejo y gestión de residuos sólidos o de origen agropecuario, entre otros. Los gases considerados en las iniciativas MDL y MDL PoA son el CO2CO2 Dióxido de Carbono, CH4CH4 Metano, N2ON2O Óxido nitroso, HFCsHFC Hidrofluorocarburo, PFCsPFCs Perfluorocarbonos y SF6SF6 Hexafloruro de Azufre. En Colombia el protocolo de Kioto fue aprobado por el Congreso de la República de Colombia por medio de la Ley 629 de 2000 y se determinó como la Autoridad Nacional Designada (DNADNA Autoridad Nacional Designada por sus siglas en Inglés), a través de la nota consular del 22 de mayo de 2002.