Planes Integrales de Gestión del Cambio Climático Territorial (PIGCCT)
Planes Integrales de Gestión del Cambio Climático Territorial (PIGCCTPIGCCT Planes Integrales de Gestión del Cambio Climático Territorial)
Los Planes Integrales de Gestión del Cambio Climático Territoriales (PIGCCT), acorde a lo señalado por la Ley 1931 de 2018, son los instrumentos a través de los cuales las entidades territoriales y autoridades ambientales regionales identifican, evalúan, priorizan, y definen medidas y acciones de adaptación y de mitigación de emisiones de gases efecto invernadero, para ser implementados en el territorio para el cual han sido formulados.
Estos instrumentos de planeación han tomado especial relevancia puesto que resultan ser el medio a través de los cuales se decanta la Política Nacional de Cambio Climático y se alinean los esfuerzos que en torno a la gestión del cambio climático se dan desde los territorios, con las apuestas a nivel país. Favorecen la visión del país hacia la implementación de un modelo de desarrollo bajo en carbono y resiliente al clima, en el que la biodiversidad juegue un papel protagónico y se ejecuten acciones y medidas para la Mitigación de GEIGEI Gases de Efecto Invernadero, Adaptación y Gestión del Riesgo Climático. Finalmente, permiten desarrollar una visión territorial, que conlleva una gestión del cambio climático acertada y efectiva y que comprende los desafíos y oportunidades que representa el cambio climático, para el territorio en general, sus comunidades, su modelo productivo y por supuesto los recursos naturales que existen en él.
Los planes integrales de gestión de cambio climático a nivel territorial favorecen la toma de decisiones soportadas en los territorios, con una perspectiva de largo plazo, entendiendo las particularidades de cada territorio y sus condiciones propias, que los hacen más o menos vulnerables, así como las acciones que se pueden formular e impulsar en el marco de los demás instrumentos de planeación que tengan incidencia en el territorio, en donde la población de cada territorio determine las medidas de mayor impacto que se materialicen en iniciativas, propuestas, proyectos y programas de cambio climático que contribuyan a la consolidación de territorios más resiliente, con un desarrollo rural y urbano bajo en carbono.
La Ley 1931 de 2018 establece que los PIGCCT deben ser formulados para cada departamento bajo la coordinación de sus gobernaciones, autoridades ambientales regionales y Parques Nacionales Naturales de Colombia, cuando sea aplicable.
Bajo el liderazgo de este Ministerio y en cumplimiento de la Ley 1931 de 2018 y la “Guía para la formulación e implementación de los Planes Integrales de Gestión del Cambio Climático Territoriales”, se ha propuesto alcanzar el 100% de cobertura territorial con PIGCCT. A la fecha, se han formulado 31 planes departamentales, de los cuales 30 tienen un carácter integral, abarcando componentes de adaptación, mitigación y gestión del riesgo. Los departamentos con PIGCCT integrales son: Cundinamarca, Huila, Chocó, Atlántico, Cauca, Cesar, Magdalena, Quindío, Santander, Arauca, Casanare, Meta, Vichada, Guainía, La Guajira, Antioquia, Norte de Santander, Tolima, Caldas, Risaralda, Nariño, Putumayo, Caquetá, Guaviare, Vaupés, Córdoba, Amazonas, Valle del Cauca, Sucre y Boyacá.
El departamento de San Andrés ha avanzado en el componente de adaptación, mientras que Bolívar continúa en proceso de formulación de su PIGCCT, con el apoyo de CARDIQUECARDIQUE Corporación Autónoma Regional del Canal del Dique, CSBCSB Corporación Autónoma Regional del Sur de Bolívar y el PNUDPNUD Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo. PLANES_INTEGRALES_GESTION_CAMBIO_CLIMATICO_TERRITORIALES
Mapa 1. Departamentos con Planes Integrales de Gestión de Cambio Climático Territoriales – PIGCCT.
DEPARTAMENTO | Alcance de los planes | Adopción por acto administrativo | |
---|---|---|---|
Adaptación | Integral | ||
PLANES DE ADAPTACIÓN AL CAMBIO CLIMÁTICO | PIGCCT INTEGRALES | ||
San Andrés |
Formulado en 2014 |
No | |
Cundinamarca |
Formulado en 2014 |
No | |
Huila |
Formulado en 2014 |
No | |
Chocó |
Formulado en 2015 |
No | |
Atlántico |
Formulado en 2016 |
No | |
Cauca |
Formulado en 2016 |
No | |
Cesar |
Formulado en 2016 |
No | |
Magdalena |
Formulado en 2016 |
No | |
Quindío |
Formulado en 2016 |
En trámite | |
Santander |
Formulado en 2016 |
Si | |
Arauca |
Formulado en 2017 |
No | |
Casanare |
Formulado en 2017 |
No | |
Meta |
Formulado en 2017 |
No | |
Vichada |
Formulado en 2017 |
No | |
La Guajira |
Formulado en 2018 |
Si | |
Antioquia |
Formulado en 2018 |
Si | |
Norte de Santander |
Formulado en 2018 |
Si | |
Tolima |
Formulado en 2018 |
Si | |
Caldas |
Formulado en 2019 |
Si | |
Risaralda |
Formulado en 2019 |
Si | |
Nariño |
Formulado en 2019 |
Si | |
Putumayo |
Formulado en 2020 |
Si | |
Caquetá |
Formulado en 2021 |
Si (Decreto Dptal) | |
Guaviare |
Formulado en 2021 |
Si | |
Vaupés |
Formulado en 2021 |
Si | |
Córdoba |
Actualizado en 2022 |
Si | |
Amazonas |
Formulado en 2023 |
Si | |
Guainía |
Formulado en 2023 |
Si | |
Valle del Cauca |
Formulado en 2023 |
Si | |
Sucre |
Formulado en 2023 |
Si | |
Boyacá |
Formulado en 2023 |
No | |
Bolívar | EN FORMULACIÓN |
Fuente: Dirección de Cambio Climático y Gestión del Riesgo, Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Julio, 2024.
El país ha logrado avances significativos en la formulación y actualización de los PIGCCT a nivel departamental, lo cual fortalece la resiliencia de los territorios frente al cambio climático y promueve un desarrollo sostenible y bajo en carbono. Es importante destacar que, aunque la normativa vigente no obliga la adopción de estos planes mediante acto administrativo, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible ha promovido esta práctica para garantizar la continuidad y respaldo de los PIGCCT más allá de los periodos de gobierno.