Asuntos Marinos, Costeros y Recursos Acuáticos
icono Ordenamiento del Ecosistema de Manglar

Ordenamiento del Ecosistema de Manglar

Ordenamiento del Ecosistema de Manglar

En el marco del “Programa nacional uso sostenible, manejo y conservación de los ecosistemas de manglar” y como eje estructurante de la gestión integral del ecosistema en la Resolución 1263 de 2018 “Por medio de la cual se actualizan las medidas para garantizar la sostenibilidad y la gestión integral de los ecosistemas de manglar, y se toman otras determinaciones”, se precisa que el “manglar se deberá ordenar en consideración de su carácter de especial importancia ecológica” y que “tal proceso se concibe en dos grandes momentos: el primero, asociado a la caracterización, diagnóstico y zonificación del manglar que definirá, entre otras cosas, las zonas de manejo, su categoría de zonificación y su régimen de uso. El segundo momento considera la definición particular de lineamientos de manejo integrado para cada una de las zonas precisadas en los estudios de caracterización, diagnóstico y zonificación”. Para tal fin el acto administrativo precisó los siguientes anexos:

Foto tomada desde la altura a un manglar boscoso en el municipio de Iscuandé, Nariño, Colombia