icono Comité Institucional de Coordinación de Control Interno – CICCI

Comité Institucional de Coordinación de Control Interno – CICCI

Comité Institucional de Coordinación de Control Interno – CICCI

¿Comité Institucional de Coordinación de Control Interno?

El Comité Institucional de Coordinación de Control Interno (CICCI) es el órgano asesor de la alta dirección encargado de establecer, mantener y mejorar el Sistema de Control Interno en las entidades públicas, asegurando el cumplimiento de metas y la mitigación de riesgos. Evalúa informes, aprueba planes de mejora y sesiona, generalmente, al menos dos veces al año. Fuente: DAFPDAFP Departamento Administrativo de la Función Pública.

 

¿Cuáles son las funciones del Comité Institucional de Coordinación de Control Interno?

Acorde con la disposición interna, Resolución 2140 de 2017, dispone en el artículo 41:

  1. Evaluar el estado del Sistema de Control Interno de acuerdo con las características propias del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y aprobar las modificaciones, actualizaciones y acciones de fortalecimiento del sistema a partir de la normatividad vigente, los informes presentados por el jefe de control interno o quien haga sus veces, organismos de control y las recomendaciones del equipo MECIMECI Modelo Estándar de Control Interno.
  2. Aprobar el plan anual de auditoría de la entidad presentado por el jefe de control interno o quien haga sus veces, hacer sugerencias y seguimiento a las recomendaciones producto de la ejecución del plan de acuerdo con lo dispuesto en el estatuto de auditoría, basado en la priorización de los temas críticos según la gestión de riesgos de la administración.
  3. Aprobar el Estatuto de Auditoría Interna y el Código de Ética del auditor, así como verificar su cumplimiento.
  4. Revisar la información contenida en los estados financieros de la entidad y hacer las recomendaciones a que haya lugar.
  5. Servir de instancia para resolver las diferencias que surjan en el desarrollo del ejercicio de auditoría interna.
  6. Conocer y resolver los conflictos de interés que afecten la independencia de la auditoría.
  7. Someter a aprobación del representante legal la política de administración del riesgo y hacer seguimiento, en especial a la prevención y detección de fraude y mala conducta.
  8. Las demás asignadas por el representante legal de la entidad.