Nominación
Nominación de una OMECOMEC Otras Medidas Efectivas de Conservación Basadas en Áreas
Desde finales del 2020, el Ministerio viene avanzando en los lineamientos que se deben seguir para nominar un área como OMEC, proceso que permite reportarla al Centro Mundial para el Seguimiento de la Conservación del Programa de las Naciones Unidas Para el Medio Ambiente (UNEPUNEP United Nations Environment Programme-WCMCWCMC Centro de Monitoreo de la Conservación del Ambiente), de manera unificada desde MinambienteMinambiente Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Como punto técnico focal del Convenio sobre la Diversidad Biológica, el Ministerio centraliza los reportes internacionales de las áreas protegidas y las OMEC. En esta etapa se realiza una verificación por parte de tres evaluadores externos, quienes corroboran cómo el nominador aplicó los criterios de nominación OMEC. Este grupo de evaluadores cuenta con expertos que trabajan con autoridades ambientales, Institutos de Investigación del Sistema Nacional Ambiental (SINASINA Sistema Nacional Ambiental), universidades, organizaciones sociales ambientales, sabedores, entre otros.
¿Qué es la base de datos mundial?
La Base de Datos Mundial de Otras Medidas Efectivas de Conservación Basadas en Áreas (WD-OECM) es una base de datos complementaria a la Base de Datos Mundial sobre Áreas Protegidas (WDPA).
Ambas bases de datos son ampliamente consultadas y utilizadas para procesos de planificación, manejo y toma de decisiones en torno a las áreas protegidas y conservadas, así como para informar sobre los cumplimientos de los compromisos internacionales adquiridos por los miembros del Convenio sobre la Diversidad Biológica, como lo es Colombia.
La compilación y el manejo de la WD-OECM son realizados por el Centro Mundial para el Seguimiento de la Conservación del Programa de las Naciones Unidas Para el Medio Ambiente (UNEP-WCMC) en colaboración con gobiernos, organizaciones no gubernamentales y otros proveedores.
¿Cuál es la ruta de reporte de una OMEC en Colombia?
El reporte de una OMEC está definido por el Procedimiento “Reporte de otras medidas efectivas de conservación basadas en áreas, OMEC” dispuesto en el Sistema Integrado de Gestión MADSIGMADSIG Sistema Integrado de Gestión, del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
Reporte de otras medidas efectivas de conservación basadas en áreas, OMEC
Guía para su identificación, fortalecimiento y reporte en Colombia.
Las etapas de la ruta de reporte de una OMEC son:
1. Nominación
La nominación corresponde a la etapa en la que diferentes actores como: gestores de las OMEC potenciales, organizaciones no gubernamentales, autoridades ambientales, entidades territoriales, personas naturales o jurídicas, entre otros, aplican los criterios para reportar un área. En esta fase, primero se nominan ante Minambiente (con la radicación de la información pertinente) y así se inicia un proceso de verificación que permite recomendar si el área puede reportarse a la Base de Datos Mundial de Otras Medidas Efectivas de Conservación Basadas en Áreas (WD-OECM). El responsable de esta etapa es el nominador quién ejerce la gobernanza de la OMEC.
Radicación información pertinente
Pasos para llevar a cabo la nominación
2. Evaluación
La evaluación la desarrolla el Minambiente, en la cual se incluyen los aportes del Grupo Facilitador, conformado por representantes del Minambiente, de los Institutos de Investigación del Sistema Nacional Ambiental (SINA), según su área de competencia, una ONGONG Organización No Gubernamental nacional, y otras instituciones u organizaciones, según sea requerido en cada caso. También se incluyen los resultados proporcionados por los verificadores, quienes corroboran la aplicación de los criterios de nominación OMEC.
3. Reporte
El reporte corresponde a la etapa en la que Minambiente y la Cancillería (como puntos focales del Convenio sobre la Diversidad Biológica) consolidan la información de las áreas aprobadas y la envían al Centro Mundial para el Seguimiento de la Conservación del Programa de las Naciones Unidas Para el Medio Ambiente (UNEP-WCMC).
¿Qué actores pueden tener iniciativas que se definen como OMEC?
Las OMEC pueden ser gestionadas bajo los cuatro tipos de gobernanza de la UICNUICN Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza. Por lo tanto, diversos actores o sectores de la sociedad pueden tener áreas que cumplen con su definición.
Gobernanza Tipo A
Ejercida entidades públicas:
- Autoridades ambientales
- Municipios
- Otras entidades del gobierno de orden nacional o regional
Por ejemplo:
- Predios de conservación municipal
- Áreas ambientales públicas
- Zonas de planificación de uso, ocupación y tenencia
Gobernanza Tipo B
Compartida entre:
- Estado y comunidad
- Estado y sector privado
- Comunidad y sector privado
- Comunidad, Estado y sector privado
Por ejemplo:
- Predios de conservación municipal
- Áreas ambientales públicas
- Zonas de planificación de uso, ocupación y tenencia
Gobernanza Tipo C
Sector privado (natural o jurídico).
Por ejemplo:
- Reservas de conservación privadas (que no estén en el Runap)
- Reservas empresariales
Gobernanza Tipo D
Comunitaria: ejercida por grupos étnicos o comunidades locales.
Por ejemplo:
- Zonas de reserva campesina
- Resguardos indígenas
- Territorios colectivos de pueblo negro
- TICCAs: áreas y territorios conservados por pueblos indígenas y comunidades locales.
¿Cómo puede hacer para nominar una OMEC?
Para nominar una OMEC y ser parte de esta iniciativa, se deben aplicar los criterios de identificación y proponer el área para su reporte. Es importante conocer la definición y los criterios de OMEC.
Qué es una OMEC
El término de OMEC es una abreviación para Otras Medidas Efectivas de Conservación basadas en áreas, las cuales fueron definidas en la Decisión 14/8 de 2018 del Convenio sobre la Diversidad Biológica.
Conoce los criterios
De acuerdo con la Decisión 14/8 de 2018 del Convenio sobre la Diversidad Biológica, se establecieron cuatro criterios y diez subcriterios que debe cumplir un área para poder ser considerada como OMEC.
Iniciar
nominación
Después de aplicar los criterios OMEC y documentarlos, se deben enviar con la solicitud de nominación, la cartografía en formato shape para validar el criterio A y subcriterio b, y los anexos que soporten la aplicación y el cumplimiento de los criterios OMEC.