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Coordinación y Articulación del Sistema Nacional Ambiental – SINA

Coordinación y Articulación del Sistema Nacional Ambiental – SINASINA Sistema Nacional Ambiental

El grupo de Coordinación y articulación del Sistema Nacional Ambiental – SINA, está encargado de liderar, orientar y coordinar la articulación de los espacios, mecanismos y entidades que conforman el SINA, así como realizar el seguimiento a los instrumentos de planificación, y elaborar los informes y demás documentos que se requieran para el efecto.

De igual manera, junto con las demás áreas del Ministerio, articula y coordina las acciones de apoyo técnico y administrativo que se deba prestar a las Corporaciones Autónomas Regionales, de Desarrollo Sostenible, Autoridades Ambientales Urbanas, Entes Territoriales e instituciones adscritas y vinculadas en relación con el cumplimiento de sus funciones en materia ambiental.

Finalmente, también ejerce las funciones de inspección y vigilancia para el cumplimiento de la política ambiental por parte de las Corporaciones Autónomas Regionales, de conformidad con el numeral 36 del artículo 5 de la Ley 99 de 1993 y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten.

Funciones del grupo de Coordinación y Articulación del Sistema Nacional Ambiental – SINA

Dentro de las funciones que el Artículo 3 del Decreto 1682 de 2017 asigna a la Dirección de Ordenamiento Ambiental Territorial y SINA, le corresponden al Grupo de Coordinación y Articulación del Sistema Nacional Ambiental – SINA, las siguientes:

  • Adelantar las evaluaciones ambientales estratégicas relacionadas con el desarrollo territorial, en coordinación con las dependencias del Ministerio y otras entidades.
  • Orientar a las Corporaciones Autónomas Regionales, entidades territoriales, esquemas asociativos territoriales, áreas metropolitanas, provincias administrativas y de planificación, regiones de planeación y gestión y a los territorios colectivos de grupos étnicos, en la implementación de la política ambiental del territorio, así como las políticas nacionales de población, de asentamientos humanos y expansión urbana y de colonización.
  • Ejercer la inspección y vigilancia para el cumplimiento de la política ambiental por parte de las Corporaciones Autónomas Regionales, de conformidad con el numeral 36 del artículo 5 de la Ley 99 de 1993 y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten.
  • Apoyar al Viceministro en la dirección y coordinación del Sistema Nacional Ambiental – SINA y elaborar los documentos que requieran para el efecto.
  • Orientar y gestionar la creación de espacios y mecanismos para fomentar la coordinación, fortalecimiento, articulación y mutua cooperación de las entidades que integran el Sistema Nacional Ambiental – SINA.
    Solicitar a las autoridades ambientales y demás entidades del Sector Administrativo de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la información que se requiera para la formulación de la política ambiental y el seguimiento a la ejecución de sus planes y programas.
  • Orientar a las entidades territoriales, sectores económicos y demás agentes productivos. de servicios y del conocimiento en el manejo de los efectos e impactos ambientales de los desastres naturales.
    Proponer, en los temas de su competencia, los criterios técnicos que deberán considerarse en el proceso de licenciamiento ambiental.
  • Apoyar al Viceministro en la coordinación de la participación del Ministerio en los Consejos Ambientales Regionales.
    Adelantar las acciones para la implementación de la política y los mecanismos para la protección del conocimiento tradicional asociado a la conservación y uso sostenible de la biodiversidad.
  • Implementar, mantener y mejorar el Sistema Integrado de Gestión Institucional.