A través de las Ley 951 de 2005, Colombia reguló los principios rectores para la entrega de un cargo público y la administración de una entidad del Estado. Una Ley que aplica tanto para cargos temporales como para periodos constitucionales de gobiernos regionales y nacional.

Acogiéndose a los principios rectores, contemplados en la Ley, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible pone a disposición de la ciudadanía y grupos de interés del sector ambiente toda la información que les permitirá conocer la gestión adelantada en la entidad, así como de sus adscritas.

¿Qué es el empalme?

En términos prácticos, es un proceso donde un funcionario público entrega información sobre asuntos de interés, ejecución y disponibilidad de recursos públicos, a las personas que llegan a ocupar este cargo.

Este proceso, regido por la Ley, garantiza que la gestión pública continúe a pesar del cambio de Gobierno; preservar la memoria institucional y que la nueva administración conozca el estado real del cumplimiento de la misionalidad de la entidad.

¿Cómo se desarrolla un empalme?

Aunque la Ley plantea la obligación de la entrega de un Informe de Gestión, con ciertas características, cuando se genera un cambio de Gobierno, dicho empalme se desarrolla de manera presencial entre funcionarios salientes y designados por la nueva administración, para que revisar en detalles temas como:

  • programas y proyectos
  • contratos en ejecución
  • talento humano
  • bienes y recursos físicos

Además de regular la calidad y el tipo de información que se debe entregar en un proceso de empalme, la Ley 951 de 2005, regula el proceso de transparencia y acceso de información para las personas interesadas en la gestión de las entidades.

Informes de Empalme

La Ley 951 de 2005 creó la obligación para los servidores públicos en su calidad de titulares y representantes legales y particulares que administren fondos o bienes del Estado, de presentar a quienes los sustituyan un acta de informe de gestión de los asuntos de su competencia, así como de la gestión de los recursos financieros, humanos y administrativos que tuvieron asignados para el ejercicio de sus funciones.

El informe de gestión debe incluir los lineamientos del “Procedimiento para la elaboración del informe contable cuando se produzca cambio de Representan Legal”, Resolución 172 de 2023 de la Contaduría General de la Nación. Por su parte el Ministerio  TIC en la Resolución 1519 del 2020, anexo técnico No. 2, en la estandarización de contenidos refiere la publicación del informe de empalme del representante legal, y los ordenadores del gasto.

Informes de Empalme

Agosto 2018 - Octubre 2020

No. 2 Publicado: julio 17, 2024

Octubre 2020 - Agosto 2022

No. 3 Publicado: julio 17, 2024

No. 1 Publicado: junio 25, 2026

Octubre 2020 - Agosto 2022

No. 3 Publicado: agosto 18, 2022

Agosto 2018 – Septiembre 2020

No. 4 Publicado: mayo 5, 2021

Mayo 2016 – Agosto 2018

No. 5 Publicado: abril 7, 2019

Agosto 2014 – Mayo 2016

No. 6 Publicado: abril 7, 2017

Septiembre 2013 – Agosto 2014

No. 7 Publicado: marzo 5, 2015

Septiembre 2012 – Septiembre 2013

No. 8 Publicado: marzo 10, 2014

Septiembre 2011 – Agosto 2012

No. 9 Publicado: abril 5, 2013

Abril 2009 - Julio 2010

No. 10 Publicado: abril 5, 2011

Julio 2006 – Marzo 2009

No. 11 Publicado: mayo 5, 2010

Empalme del sector ambiente inicia este 7 de julio con una transición transparente y ordenada

Este 7 de julio inicia el proceso de empalme del sector ambiente, en cumplimiento de la Ley 951 de 2005, que establece las normas para la entrega y recepción de los asuntos y recursos públicos del Estado. La información del proceso de empalme, así como las actas, los informes de gestión, los documentos y las […]

#EmpalmeAnteElPueblo | El Gobierno Nacional entregará al país los principales legados de su gestión