Acuerdo de Escazú

Colombia es Estado Parte del Acuerdo de Escazú desde el 24 de diciembre de 2024, siendo el Estado Parte No. 17 de este tratado regional. El Acuerdo, aprobado mediante la Ley 2273 de 2022 y declarado exequible por la Corte Constitucional en la Sentencia C-359 de 2024, garantiza tres derechos fundamentales para todas las personas:

  • El derecho a acceder a información ambiental.
  • El derecho a participar en decisiones que afectan el ambiente.
  • El derecho a acceder a la justicia en asuntos ambientales.
  • La protección especial para las personas defensoras de los derechos humanos en asuntos ambientales.

Este micrositio es la puerta de entrada para conocer qué significa el Acuerdo de Escazú en Colombia, cómo se está implementando y qué herramientas tienes para ejercer tus derechos ambientales.

No olvides consultar también este espacio en el que encontrarás un contexto general de lo que se trabajó desde el 2022:    Haz clic aqui

En la Cuarta Conferencia de las Partes (COP4), Colombia fue elegida como Vicepresidencia de la Mesa Directiva del Acuerdo de Escazú. Se aprobaron 10 decisiones, incluyendo dos grupos de trabajo regionales sobre registros de emisiones y acceso a la justicia ambiental. A continuación encuentran algunos registros de lo que se vivió en Nassau, Bahamas (21-24 de abril de 2026).

● Video 1: Intervención de la delegación colombiana en la COP4. Presentación de la ruta Nacional de Implementación.

● Video 2: Elección de Colombia como Vicepresidencia de la Mesa Directiva del Acuerdo de Escazú.

● Video 3: Participación del público colombiano en la COP4 a través del Mecanismo Público Regional (CEPALCEPAL Comisión Económica para América Latina).

Qué es Escazú

El Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe es el primer tratado ambiental de la región, y el primero del mundo en incluir disposiciones específicas para proteger a las personas defensoras del ambiente.

Para qué sirve Escazú

El Acuerdo de Escazú es una herramienta jurídica concreta para ejercer derechos. Sirve para:

●       Pedir información ambiental a entidades del Estado (ANLAANLA Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, CARCAR Corporaciones Autónomas Regionales, MADS, IDEAMIDEAM Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales) en un plazo máximo de 10 días hábiles —más garantista que el estándar del Acuerdo, que fija 30 días hábiles.

●       Participar de manera temprana, informada e incidente en proyectos, obras o actividades que puedan afectar el ambiente en tu territorio.

●       Acceder a la justicia ambiental de forma efectiva, con procedimientos accesibles y sin costos desproporcionados

●       Exigir protección cuando ejercer la defensa ambiental pone en riesgo tu vida, tu integridad o la de tu comunidad.

Imagina que en tu región quieren desarrollar un proyecto que puede afectar el agua o los cultivos. Con el Acuerdo de Escazú tienes derecho a saber qué está pasando, a ser escuchada/o antes de que se tome la decisión, y a acudir a la justicia si tus derechos son vulnerados. (Castro-Buitrago et al., 2025, Bitácora Defensoría del Pueblo).

Estructura del acuerdo de Escazú

La estructura del Acuerdo de Escazú organiza de manera sistemática las disposiciones sustantivas, operativas e institucionales que orientan su implementación en los Estados Parte. El instrumento se compone de una parte general que establece los elementos fundacionales —preámbulo, objetivo, definiciones, principios y disposiciones generales—, seguida de un conjunto de pilares que desarrollan los derechos de acceso a la información ambiental, la participación en la toma de decisiones, la justicia ambiental y la protección de las personas defensoras de derechos humanos en asuntos ambientales. A ello se suma una parte operativa que define los mecanismos de cooperación, fortalecimiento de capacidades y seguimiento, y una parte institucional que regula el funcionamiento del acuerdo, sus órganos de apoyo y las disposiciones finales que enmarcan su aplicación.

Estos son los tres pilares del acuerdo:

Pilar 1: Acceso a la información ambiental (Arts. 5 y 6)

Tienes derecho a recibir información ambiental de las entidades del Estado de forma oportuna, completa y en formatos accesibles.

Pilar 2: Participación pública (Art. 7)

Tienes derecho a participar de manera temprana, informada e incidente en cualquier proceso de toma de decisiones ambientales: licencias ambientales, planes de ordenamiento, programas de manejo, entre otros.
La participación significativa no es solo tramitar comentarios: es que tu voz modifique las decisiones. (Rodríguez, G. A., ‘Yo participo, tu participas, otros deciden’, 2021).

Pilar 3: Acceso a la justicia ambiental (Art. 8)

Tienes derecho a acceder a mecanismos judiciales y administrativos para la defensa del ambiente, sin costos desproporcionados y con procedimientos claros y eficaces.

Antecedentes regionales

El Acuerdo de Escazú es el resultado de más de cinco años de negociación entre 24 países de América Latina y el Caribe, con participación activa de la sociedad civil desde su inicio. Su origen está en:

● La Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (1992), especialmente el Principio 10.
● El Convenio de Aarhus (1998) en Europa, que sirvió de inspiración metodológica.
● La Declaración sobre la Aplicación del Principio 10 en América Latina y el Caribe (2012), suscrita por 18 países incluido Colombia.

● En el año 2014 la CEPAL se adhiere al proceso que estaban llevando los países para la implementación del principio 10 de rio de 1992
● El proceso de negociación (2012-2018), coordinado por la CEPAL como Secretaría del Acuerdo
● El Acuerdo de Escazú recibió un amplio respaldo desde su adopción en 2018, cuando catorce países de América Latina y el Caribe lo firmaron inicialmente.
● En 2019, otros ocho Estados, entre ellos Colombia, se sumaron al proceso, alcanzando un total de 22 países firmantes.

Colombia en el acuerdo de Escazú

  • Fecha firma por parte del Colombia – 11 de diciembre de 2019
  • Colombia lo declara exequible congreso acuerdo – 24 diciembre 2024
  • Ley 2273 legitima – adopta acuerdo internacional para Colombia
  • Construcción de la hoja de ruta de Colombia – 2025 al 2026 con espacios participativos
  • Sistema de gobernanza que va a implementar a hoja de ruta – Ciescazú

El acuerdo respeta las legislaciones de cada país en el marco de su naturaleza legislativa, reglamentaria, administrativa u otras en el marco de sus disposiciones internas.

Estrategia de participación

¿Cómo participa Colombia en la implementación del Acuerdo?

Colombia ha adoptado la ruta metodológica de implementación propuesta por la CEPALCEPAL Comisión Económica para América Latina, que establece 6 pasos:

  • Paso 1: Diagnóstico y línea base del estado de implementación.
  • Paso 2: Mapa de actores institucionales y de la sociedad civil.
  • Paso 3: Diseño de la gobernanza (CIESCAZU).
  • Paso 4: Estrategia de información y participación pública.
  • Paso 5: Definición de acciones prioritarias.
  • Paso 6: Cooperación regional e intercambio de buenas prácticas.

El Consejo Consultivo de la CIESCAZU es la instancia que garantiza que el público —comunidades indígenas, afrocolombianas, campesinas, mujeres, jóvenes, sociedad civil, academia y sector privado— participe con voz y voto en las decisiones de implementación. (Decreto CIESCAZU, Art. 6).

Mecanismo Público Regional (CEPAL): La sociedad civil colombiana puede participar directamente en la arquitectura institucional del Acuerdo registrándose en publicoescazu.cepal.org

Descripción de la primera imagen
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Proceso Hoja de Ruta

La Hoja de Ruta para la Implementación del Acuerdo de Escazú en Colombia ha sido construida mediante un proceso participativo, técnico e interinstitucional liderado por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, con el acompañamiento de la CEPALCEPAL Comisión Económica para América Latina y la participación de entidades públicas, organizaciones sociales, academia, ciudadanía y sector privado. Su formulación incluyó espacios presenciales, virtuales e híbridos, así como procesos de consulta pública a través de los cuales se recibieron más de 600 comentarios y observaciones.

Estos aportes fueron sistematizados y analizados técnicamente para evaluar su pertinencia y viabilidad, permitiendo ajustar, reformular, agrupar o eliminar acciones inicialmente propuestas. Como resultado de este proceso, la primera versión de la Hoja de Ruta, que contemplaba 23 acciones prioritarias, evolucionó hacia una versión consolidada de 19 acciones estructuradas en cinco pilares: derechos de acceso, participación en los procesos de toma de decisiones ambientales, acceso a la justicia en asuntos ambientales, defensa de personas defensoras de derechos humanos en asuntos ambientales, y fortalecimiento de capacidades y cooperación internacional. Este proceso ha buscado garantizar la coherencia de las acciones con el marco normativo colombiano, su viabilidad institucional y su capacidad de contribuir efectivamente a la implementación progresiva del Acuerdo de Escazú en el país.

Puedes acceder al documento completo a través de nuestra Biblioteca de recursos en la que encontrarás en este micrositio.

NORMATIVIDAD

A continuación, pueden consultar los siguientes documentos normativos:

Acuerdo de Escazu

Ley 2273 de 2022

Decreto No. 0968 del 4 de agosto de 2026

Documentos:

A continuación, pueden consultar los siguientes documentos relevantes en torno al Acuerdo de Escazú, producidos en los últimos años:

Gobierno implementa Acuerdo de Escazú con nueva Comisión Intersectorial y Hoja de Ruta

Colombia presenta su ruta nacional para implementar el Acuerdo de Escazú en su primera COP

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