Autorización de Entidad Coordinadora para Programas de Actividades (PoAsPoAs Aprobación Nacional para Programas de Actividades) que optan al Mecanismo de Desarrollo Limpio – MDLMDL Mecanismo de Desarrollo Limpio
El Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL) surge del Protocolo de Kyoto como un instrumento innovador basado en el mercado de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero (GEIGEI Gases de Efecto Invernadero), a través de la implementación de Proyectos y Programas de Actividades (PoAs – Programm of Activities por su siglas en Ingles) en los diferentes sectores productivos como el industrial, energético, forestal, de residuos y de transporte en el ámbito nacional, que generen emisiones de GEI.
Este mecanismo permite a los países industrializados (que se han comprometido a reducir su emisión de gases efecto invernadero) a implementar proyectos que reduzcan las emisiones de gases en los territorios de los países en vías de desarrollo. Las reducciones Certificadas de las Emisiones (CERsCER Certified Emission Reductions -Certified Emission Reductions por sus siglas en Ingles) generadas por los proyectos y/o programas pueden ser utilizadas por los países industrializados para cumplir con su cuota de reducción de emisiones. En Colombia se aprobó el protocolo de Kioto por el Congreso de la República de Colombia mediante la Ley 629 de 2000. El entonces Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo sostenible fue designado como Autoridad Nacional Designada (DNADNA Autoridad Nacional Designada -Designed National Authority por sus siglas en Ingles) para el MDL, mediante la nota consular del 22 de mayo de 2002, radicada DM/VAM/CAA 19335 del Ministerio de Relaciones Exteriores, dirigida a la Secretaria de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (CMNUCCCMNUCC Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático).
Un Programa de Actividades MDL, también conocido como PoAPoAs Aprobación Nacional para Programas de Actividades (por sus siglas en inglés, CDMCDM Clean Development Mecanism Programme of Activities), es una acción voluntaria coordinada por una entidad pública o privada que implementa cualquier política (incluyendo esquemas de incentivos económicos y otros programas voluntarios) que busca la reducción de emisiones de GEI o la remoción de gases de efecto invernadero por sumideros. Un PoA enmarca un número ilimitado de ‘Actividades del Programa MDL’, conocidas por sus siglas en inglés como CPA (CDM programme activity) lo cual quiere decir que un CPA constituye un proyecto incluido dentro de un programa PoA.
Para Programas de Actividades que optan al MDL, existe la resolución 2733 de 2010, “Por la cual se adoptan los requisitos y evidencias de contribución al desarrollo sostenible del país, se establece el procedimiento para la aprobación nacional de programas de actividades (PoA- por sus siglas en inglés) bajo el Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL) y se reglamenta la autorización de las entidades coordinadoras”. De acuerdo a como lo establece la resolución, el primer trámite que se debe solicitar a la DNA es la Autorización de Entidad Coordinadora (Articulo 3 y 4 de la mencionada resolución). Es importante verificar que se adjunte toda la información y anexos solicitados, en los formatos que los anexos de la resolución los exige.
Es la autorización expedida por la Autoridad Nacional Designada – AND para coordinar programas de actividades (PoA- por sus siglas en inglés) bajo el Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL).
Resultado del trámite
Autorización para coordinar programas de actividades.
Encuesta F-A-ATC-15
Con este instrumento se pretende conocer la satisfacción del usuario(a) que accede a los trámites y otros procedimientos administrativos – OPA a cargo del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. La información suministrada es de carácter confidencial y para uso exclusivo de la Entidad con la finalidad de desarrollar procesos de mejora continua.