
En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Boyacá conoció la acción popular presentada por la Procuraduría 32 Judicial para Asuntos Ambientales y Agrarios, en la cual se demandaron a las siguientes entidades:
– Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
– Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural
– Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
– Instituto Colombiano Agropecuario
– Corporación Autónoma Regional de Chivor
– Corporación Autónoma Regional de la Orinoquia
– Corporación Autónoma Regional de Boyacá
– Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
– Departamento de Boyacá
– Alcaldía de Nobsa
En esta acción constitucional se solicitó la protección de los derechos colectivos al goce de un ambiente sano, la existencia del equilibrio ecológico y el manejo y aprovechamiento racional de los recursos naturales para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución, entre otros derechos, debido a la introducción de la especie vegetal Paulownia tomentosa al territorio nacional.
En los hechos de la acción se señala que, en el municipio de Nobsa, Boyacá, se realizó la entrega de la especie Paulownia tomentosa a los propietarios de títulos mineros para la recuperación ambiental de los predios, sin tener en cuenta que no se habían hecho los respectivos estudios de evaluación del riesgo de introducción de la especie de origen chino al territorio nacional.

Este plan de acción identifica en el cumplimiento de la sentencia la necesidad de capacitar a las entidades del orden nacional y regional en la identificación de la especie en todas sus etapas, desde una etapa temprana a una etapa madura. Esto con el objetivo de poder hacer una plena identificación de la presencia y distribución de la especie en el territorio nacional. Para ello ha adelantado una serie de capacitaciones, con apoyo del Instituto Humboldt, en las que se ha trabajado en la identificación de la especie con autoridades ambientales que faciliten el reporte de la presencia de Paulownia tomentosa y fortalezcan la ubicación de la especie a nivel nacional.
A la fecha, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible ha expedido la Resolución 0067 de 2023, por medio de la cual se incluye al listado de especies exóticas invasoras del país a la especie, subespecies e híbridos de Paulownia tomentosa. Adicionalmente, en cumplimiento del fallo judicial, expidió la Resolución 1070 de 2023, que se adoptó una medida preventiva de suspensión de la comercialización y expansión de cultivos de la especie, subespecies e híbridos.
Documentos relevantes
Sentencia en Primera instancia del Tribunal Administrativo de Boyacá
Resolución 1070 de 2023 – imposición de medida preventiva
Resolución 0067 de 2023 – declaratoria de Paulownia tomentosa como especie invasora
Sentencia en segunda instancia del Consejo de Estado – 19 de agosto de 2024
Paulownia tomentosa (Thunb.) Steud.
Conocida también como árbol princesa, árbol del kiri, paulownia real o árbol de la emperatriz. La Paulownia tomentosa es un árbol de porte mediano con rápido crecimiento que, según la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLAANLA Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, fue introducido en Colombia desde el año 2011. Es una especie exótica e invasora de alto riesgo para la diversidad biológica del país
A través de la Resolución 1070 del 17 de octubre de 2023, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible emitió una medida preventiva de suspensión inmediata de todo tipo de actividades relacionadas con la comercialización, expansión de cultivos existentes y nuevas plantaciones de Paulownia tomentosa, las subespecies o híbridos de dicha especie.
Clasificación taxonómica
Reino: Plantae
Filo: Tracheophyta
Clase: Magnoliopsida
Orden: Lamiales
Familia: Paulowniaceae
Género: Paulownia
Especie: Paulownia tomentosa (Thunb.) Steud.
Características de invasión
- Rápido crecimiento una vez establecida
- Reproducción vegetativa exitosa
- Alta variabilidad genética y potencial reproductivo
- Altamente adaptable a diferentes ambientes
- Tolera cultivos, mutilación y fuego, entre otros.
- Secreta sustancias alelopáticas que muestran efectos inhibidores en el crecimiento y germinación de especies nativas.
Impactos de invasión
- Reducción de poblaciones nativas de flora y fauna
- Empobrecimiento de la estructura vegetal y faunística
- Desplazamiento de especies de flora y fauna
- Alteración funcional de los ecosistemas
- Pérdida de biodiversidad
Distribución global
Paulownia tomentosa es una especie originaria de China, que se encuentra registrada como especie nativa de las regiones Anhui, Gansu, Hebei, Henan, Hubei, Hunan, Jiangsu, Jiangxi, Liaoning, Shaanxi, Shandong, Shanxi y Sichuan. Ha sido introducida en todos los continentes del mundo: en Asia (Armenia, Bután, Georgia, India, Irán, Japón, Kazajistán, República Democrática de Corea, Líbano, Taiwán, Turquía, Uzbekistán), en Europa (Austria, Alemania, Bélgica, Bulgaria, Croacia, Republica Checa, Estonia, Francia, Grecia, Guernsey, Hungría, Irlanda, Isla de Man, Italia, Jersey, Liechtenstein, Luxemburgo, Montenegro, Países Bajos, Polonia, Portugal, Rumania, Serbia, Eslovaquia, Eslovenia, España, Suecia, Suiza, Macedonia del Norte, Ucrania, Reino Unido), en Norte América (Canadá, México, Estados Unidos), en Oceanía (Australia y Nueva Zelanda), en África (Benín, Egipto, Sudáfrica) y en Sudamérica (Argentina, Brasil, Colombia, Guyana y Paraguay (CABI, 2021; IAvHIAvH Instituto de Investigación de Recursos Biológicos Alexander von Humboldt, 2021).

Figura 1. Distribución de Paulownia tomentosa a nivel global. Datos obtenidos de Instituto de Investigación de Recursos Biológicos Alexander von Humboldt (2021).
Distribución en Colombia
A partir de información secundaria, para el año 2021 se registraron presencias de la especie en los departamentos de Valle del Cauca, Cundinamarca, Nariño, Tolima, Huila, Boyacá, Santander, Antioquia, Arauca y Bolívar (Vázquez, 2021). Según los reportes de las autoridades ambientales y las verificaciones de campo, se han confirmado ocurrencias en Boyacá, Valle del Cauca y Bogotá. Estos registros no corresponden a plantaciones, sino a rebrotes en predios abandonados o en asociación con otros cultivos.