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septiembre 20, 2024

Comunicado a la opinión pública Páramo de Pisba

Comunicado a la opinión pública Páramo de Pisba

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible informa a las comunidades e interesados en el proceso participativo de delimitación del Páramo de Pisba:

  1. Sobre la toma de decisiones: La Sentencia de la Corte Constitucional T-361 de 2017 establece que el proceso de delimitación debe ser público, amplio y abierto, permitiendo la participación libre de cualquier persona interesada. Por ello no se requiere intermediación para ser parte de las decisiones sobre el páramo. 
  1. Temas de diálogo en el proceso de delimitación del páramo: La Corte Constitucional señaló seis (6) temas para orientar el diálogo con los diferentes actores y facilitar la construcción de consensos, referidos a: el área de páramo, los lineamientos de reconversión y sustitución de las actividades agropecuarias y mineras, las medidas para la protección del agua, así como el establecimiento del modelo de coordinación, financiación y fiscalización. Es fundamental la participación de todas las comunidades en los espacios de deliberación y concertación que iniciarán en 2025. 
  1. Concertación del área de páramo: La normativa nacional define las reglas para establecer el área de páramo que considera el área de referencia del Instituto Humboldt, los Estudios Técnicos, Económicos, Sociales y Ambientales y el diálogo público y abierto que se realice con las comunidades. Solo con argumentos científicos debidamente soportados es posible modificar el área de páramo. No se requiere intermediación para acordar el área de páramo que es un proceso público.
  1. Saneamiento predial: La Ley 1930 de 2018 en su artículo 8 ordenó el saneamiento predial en los páramos, que por competencia debe ser realizado por las entidades competentes que son: el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGACIGAC Instituto Geográfico Agustín Codazzi), la Agencia Nacional de Tierras (ANT), la Superintendencia de Notariado y Registro (SNR) y Parques Nacionales Naturales de Colombia (en sus áreas protegidas). Se aclara que la propiedad de la tierra no determina el área de páramo ni la delimitación del mismo.

Agradecemos a las comunidades su compromiso con la delimitación participativa del páramo de Pisba y las invitamos a participar activa y directamente en los espacios de concertación que se convoquen en 2025. Seguiremos el desarrollo de las mesas de pedagogía de 2024 para llegar más preparados a los diálogos de concertación.

Para resolver cualquier inquietud pueden escribir al correo: pisbaavanza@minambiente.gov.co o consultar en https://pisba.minambiente.gov.co/