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febrero 24, 2022

Minambiente adelanta jornada de socialización para fomentar el uso de aguas residuales

Minambiente adelanta jornada de socialización para fomentar el uso de aguas residuales
  • La meta para este año es que en Colombia se trate el 54 % de las aguas residuales urbanas.
  • La resolución 1256 reglamenta el uso de aguas residuales en el país, fomentando un mayor aprovechamiento de los recursos naturales.

Bogotá D. C., 24 de febrero de 2022 -MADS-. Con el fin de dar a conocer los beneficios del uso de las aguas residuales en el país, establecidas en la resolución 1256 de noviembre de 2021, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible continúa socializando la norma con los sectores públicos y privados.

En esta ocasión, Fabián Caicedo, director de Gestión Integral del Recurso Hídrico del MinambienteMinambiente Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, expuso a más de 100 afiliados de la Asociación Nacional de Empresas de Servicios Públicos y Comunicaciones (Andesco), la estructura y el contenido de la norma.

“Nuestro gran propósito es que las aguas residuales sean vistas como un recurso y no como un residuo. Queremos abordar esta temática con todos los sectores productivos del país, temática que, además, está enmarcada en nuestra Ley de Acción Climática. Ya hemos socializado la normativa con el sector de la construcción, representado por Camacol y la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (AndiANDI Asociación Nacional de Empresarios de Colombia), y hoy estamos resolviendo inquietudes del sector de acueducto, alcantarillado y aseo, entre otros”, aseguró Caicedo durante el encuentro virtual.

La cartera ambiental ratificó que esta resolución fomenta el aprovechamiento eficiente del recurso hídrico, bajo el modelo de economía circular, y crea una fuente alternativa de agua con elevado potencial en el país, resultado del tratamiento que realicen las empresas de acueducto y alcantarillado.

¿Pero qué lineamientos específicos establece la resolución 1256 para los usuarios del recurso hídrico?

Le contamos:

En lo conceptual (reúso y recirculación)

Establece la diferencia entre reúso y recirculación: el reúso es el uso de las aguas residuales por parte de un usuario receptor para un uso distinto al que las generó. Y la recirculación es el uso de las aguas residuales dentro de la misma actividad económica que las genera, y también por parte del mismo usuario generador, sin que exista contacto con el suelo.

Se incluye la definición de suelo de soporte de infraestructura, que hace referencia al espacio en el que se localiza la infraestructura de la actividad económica. Es decir, las edificaciones operativas, de almacenamiento de fluidos y sólidos, de insumos y materias primas, vías y locaciones.

En lo procedimental

Resalta la necesidad de la concesión de agua por parte del usuario receptor para hacer uso del agua residual, como está previsto en la normativa que rige el derecho a la utilización del agua en Colombia.

Aclara la información que el usuario receptor debe presentar en su solicitud, relacionada con el uso del agua residual a la autoridad ambiental para su evaluación en el marco de la concesión. De la prevención: balance hídrico, un programa de monitoreo de calidad y cantidad y las medidas a implementar para prevenir posibles impactos al suelo en relación con la salinidad, sodicidad y toxicidad, entre otros aspectos técnicos.

Usos y criterios de calidad

Se definen de manera general los usos permitidos, siendo estos: i) uso agrícola; ii) uso industrial.

Se armoniza la normatividad ambiental al tomar los criterios definidos para el uso de las aguas, establecidos en el decreto 1076 de 2015, con los exigidos para adelantar el reúso, más otros parámetros que permiten evitar impacto en la matriz suelo.

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