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febrero 2, 2022

En 2022, Colombia aspira a tratar el 54 % de las aguas residuales urbanas

En 2022, Colombia aspira a tratar el 54 % de las aguas residuales urbanas
  • “Estamos incentivando a los sectores agrícola e industrial para que recirculen y reúsen las aguas residuales”: Carlos Eduardo Correa.
  • Estas aguas son las utilizadas o servidas, de origen doméstico o no doméstico.

Bogotá D. C., 2 de febrero de 2022 -MADS-. Convertir las aguas residuales en un recurso y no en un residuo es uno de los grandes propósitos que tiene el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible con la resolución 1256 de noviembre de 2021, lanzada recientemente por el jefe de la cartera ambiental, Carlos Eduardo Correa, y la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia ANDIANDI Asociación Nacional de Empresarios de Colombia.

“El fin es reglamentar el uso de las aguas residuales en el país. Estamos incentivando a los sectores agrícola e industrial a que recirculen y reúsen las aguas residuales, para así disminuir la presión sobre los recursos naturales o la fuente primaria. Nuestra meta como Gobierno y la concurrencia de carteras ministeriales como Vivienda, Ciudad y Territorio es que este año en Colombia se trate el 54 % de las aguas residuales urbanas generadas”, aseguró el ministro Correa.

Según el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IdeamIDEAM Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales), para el año 2030 la demanda total de agua en el país incrementaría hasta en un 27 %. Por ejemplo, en Colombia, por año se utilizan 16 mil millones de metros cúbicos de agua con fines agrícolas, lo que equivale a más de 4.740.000 piscinas olímpicas completamente llenas.

En ese sentido, con esta resolución se fomenta el aprovechamiento de los recursos naturales, bajo el modelo de economía circular; se crea una alternativa para zonas de escasez de agua a la que podrán aplicar las empresas de acueducto y otros usuarios del recurso hídrico, y se pretende que, por ejemplo, una Planta de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR) destine sus aguas a usos agrícolas o industriales.

“Esta norma abre el espectro a todos los fines de uso agrícola, incluido el uso de primer contacto. ¿Esto qué quiere decir? Que se pueden regar con aguas residuales tratadas diversos tipos de cultivos. Sin embargo, además de los parámetros que exige la legislación colombiana, la misma resolución 1256 tiene parámetros adicionales que fueron discutidos con los ministerios de Agricultura y de Salud, ligados al tema de la salud humana, que son muy estrictos y aseguran la viabilidad del uso de este tipo de aguas”, puntualizó el jefe de la cartera ambiental.

El MinambienteMinambiente Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible invita a los diferentes usuarios del recurso hídrico a revisar los alcances de la resolución. Esto con el fin de iniciar el proceso de transformación a modelos de negocios con enfoque en economía circular, específicamente en la línea de flujos de agua, y así realizar un mayor aprovechamiento de este recurso natural.

Conozca la norma completa aquí: https://www.minambiente.gov.co/wp-content/uploads/2021/12/Resolucion-1256-de-2021.pdf.