“Por el cual se hace seguimiento a las obligaciones establecidas en la Resolución No. 1809 del 5 deseptiembre de 2017, por la sustracción definitiva de 2, 43 hectáreas y la sustracción temporal de 14,38 hectáreas de la Reserva Forestal del Pacifico, establecida por la Ley 2ª de 1959, en el marco del expediente SRF 462”